Sistema nacional de áreas naturales protegidas de Uruguay

Evitar el deterioro de las cuencas hidrográficas, de modo de asegurar la calidad y cantidad de las aguas.

Sistema nacional de áreas naturales protegidas de Uruguay

Sistema nacional de áreas naturales protegidas de Uruguay. 

1-Quebrada de los Cuervos 

2-Esteros de Farrapos

3-Cabo Polonio 

4-Valle del Lunarejo

5-San Miguel 

6-Laguna de Rocha 

7-Chamangá 

8-Cerro Verde e Islas de la Coronilla 

9-Rincón de Franquía 

10-Gruta del Palacio 

11-Laguna Garzón 

12-Montes del Queguay 

13-Humedales del Santa Lucía.

El Sistema Nacional de Áreas Protegidas de Uruguay (SNAP), es un instrumento de aplicación de las políticas y planes nacionales de protección ambiental para Uruguay.

Su creación fue establecida a través de la ley 17.234 del 22 de febrero de 2000, la cual fue reglamentada a través del Decreto N° 52/005 del 16 de febrero de 2005. Dicha ley tiene como objetivo «armonizar los criterios de planificación y manejo de las áreas a proteger, bajo categorías determinadas, con una regulación única que fija las pautas de ordenamiento»(Art. 1°).1​2​

De acuerdo a la ley 17.234, los objetivos específicos del Sistema Nacional de Áreas Protegidas son (Art. 2°):

"Proteger la diversidad biológica y los ecosistemas, que comprenden la conservación y preservación del material genético y las especies, priorizando la conservación de las poblaciones de flora y fauna autóctonas en peligro o amenazadas de extinción."

"Proteger los hábitats naturales, así como las formaciones geológicas y geomorfológicas relevantes, especialmente aquellos imprescindibles para la supervivencia de las especies amenazadas."

"Mantener ejemplos singulares de paisajes naturales y culturales."

"Evitar el deterioro de las cuencas hidrográficas, de modo de asegurar la calidad y cantidad de las aguas."

"Proteger los objetos, sitios y estructuras culturales, históricas y arqueológicas, con fines de conocimiento público o de investigación científica."

"Proveer oportunidades para la educación ambiental e investigación, estudio y monitoreo del ambiente en las áreas naturales protegidas."

"Proporcionar oportunidades para la recreación al aire libre, compatibles con las características naturales y culturales de cada área, así como también para su desarrollo ecoturístico."

"Contribuir al desarrollo socioeconómico, fomentando la participación de las comunidades locales en las actividades relacionadas con las áreas naturales protegidas, así como también las oportunidades compatibles de trabajo en las mismas o en las zonas de influencia."

"Desarrollar formas y métodos de aprovechamiento y uso sustentable de la diversidad biológica nacional y de los hábitats naturales, asegurando su potencial para beneficio de las generaciones futuras."

Áreas protegidas de Uruguay incluidas en el SNAP.

De acuerdo a la ley 17234 fueron creadas cuatro categorías de definición y manejo para las áreas naturales protegidas (Art.3°):1​

Parque nacional: áreas donde existen uno o varios ecosistemas que no se encuentran significativamente alterados por la explotación y ocupación humana, especies vegetales y animales; son sitios geomorfológicos y hábitats que presentan un especial interés científico, educacional y recreativo, o comprenden paisajes naturales que se consideran de una belleza excepcional.

Monumento natural: son áreas que contienen uno o varios elementos naturales específicos de notable importancia nacional, como una formación geológica, un sitio natural único, especies, hábitats o vegetales que pueden estar amenazados. Áreas donde la intervención humana, de realizarse, es de escasa magnitud y está bajo un estricto control.

Paisaje protegido: corresponde a una superficie territorial ya sea continental o marina, en la que las interacciones del ser humano y la naturaleza, a lo través de los años, han dado como resultado una zona de carácter definido, que presenta una singular belleza escénica o que contiene un valor de testimonio natural, y que puede contener valores ecológicos o culturales.

Sitios de protección: corresponden a áreas relativamente pequeñas que poseen valor crítico, ya sea porque: contienen especies o núcleos poblacionales relevantes de flora o fauna; dentro de ellas se cumplen etapas claves del ciclo biológico de especies de interés; tienen importancia significativa para el ecosistema que integran; contienen elementos geológicos, geomorfológicos o arqueológicos relevantes.

Al momento de reglamentarse la ley, fueron agregadas dos categorías más a las cuatro ya planteadas (Art. 4°):2​

Áreas de manejo de hábitats y/o especies: son áreas terrestres y/o marinas sujetas a intervención activa con fines de manejo, donde se debe garantizar el mantenimiento de los hábitats y/o satisfacer las necesidades de determinadas especies.

Área protegida con recursos manejados: corresponde a áreas que presentan sistemas naturales predominantemente no modificados, dónde a través del manejo de actividades se pretende garantizar la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica a largo plazo, sin dejar de lado las actividades económicas que allí se realizan.

Áreas incorporadas al sistema

La primera área incorporada al sistema fue la Quebrada de los Cuervos, en el año 2008 bajo la categoría de Paisaje protegido. Dicha área había sido reconocida como Área Natural Protegida a través del decreto municipal N°1824/86, del año 1986, y desde 1998 contaba con un plan de manejo. El decreto 462/008 del 29 de septiembre de 2008, incorporó esta área de 4413 há en el departamento de Treinta y Tres al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas.3​4​

Posteriormente a través del decreto 579/008 del 27 de noviembre de 2008, se incorporó en la categoría de Parque nacional, el área protegida Esteros de Farrapos e Islas del Río Uruguay, ubicada en el departamento de Río Negro.5​

Las siguientes incorporaciones fueron: Cabo Polonio,6​ Valle del Lunarejo,7​ Localidad rupestre de Chamangá,8​9​ San Miguel,10​ Laguna de Rocha,11​ Cerro Verde e Islas de la Coronilla,12​ Rincón de Franquía,13​ Gruta del Palacio.14​ En 2014 ingresaron Montes del Queguay15​ y Laguna Garzón;16​ y finalmente en 2015 ingresan los Humedales del Santa Lucía17​ y Esteros y Algarrobales del Río Uruguay.18​

Qué es el SNAP?    

El Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP) de Uruguay se ha transformado en una herramienta fundamental para conciliar el cuidado del ambiente -en particular de la diversidad de paisajes, ecosistemas, especies y elementos culturales- con el desarrollo económico y social del país, apostando a generar oportunidades para las comunidades locales y la sociedad en su conjunto a través de la recreación, el turismo, la educación, la investigación y el desarrollo de actividades productivas compatibles con la conservación.

El conjunto del territorio bajo distintas formas de protección de la biodiversidad (ecosistemas y espacios protegidos en el marco de convenios internacionales y áreas protegidas bajo diversas normas nacionales y departamentales) se ubica en el entorno del 8% de la superficie terrestre y marina del país. A su vez, en el espacio marino se aplican otras formas de protección enfocadas en el cuidado de los recursos pesqueros.

La superficie terrestre bajo protección del SNAP, con 15 áreas ingresadas, es hoy de 279.516 hectáreas, incluyendo las superficies: terrestre y marina, alcanzando al 0,878% del territorio. A pesar de la baja cobertura de superficie en áreas protegidas del SNAP en el territorio nacional, el porcentaje de ecoregiones integradas es del 86% del total del país, el de unidades de paisaje supera el 90%, los ecosistemas amenazados integrados alcanzan el 44% y el porcentaje de especies prioritarias para la conservación representadas llega al 38% del total. Vale decir que, con un Sistema todavía pequeño, la representación de elementos significativos es alta. Eso es producto de un trabajo que se hace con criterios científicos y metodologías modernas y adecuadas.

Las quince áreas que conforman el SNAP son el Paisaje protegido Quebrada de los Cuervos (Treinta y Tres), Parque nacional Esteros de Farrapos e Islas del Río Uruguay (Río Negro), Parque nacional Cabo Polonio, Paisaje protegido Laguna de Rocha, el Parque nacional San Miguel y Área de manejo de hábitat y/o especies Cerro Verde e Islas de La Coronilla (estas cuatro en Rocha), Área de manejo de hábitats y/o especies Laguna Garzón (Maldonado - Rocha), Paisaje protegido Valle del Lunarejo (Rivera), Paisaje protegido Localidad Rupestre de Chamangá y Monumento natural Grutas del Palacio (estas dos en Flores), Área protegida con recursos manejados Montes del Queguay (Paysandú), Área de manejo de hábitat/especies Rincón de Franquía (Artigas), Área protegida con recursos manejados Humedales de Santa Lucía (Canelones, Montevideo, San José), el Área de manejo de hábitats y/o especies Esteros y Algarrobales del Río Uruguay y Parque Nacional Isla de Flores (Canelones, Montevideo).

Todas estas áreas protegidas son territorios con gente. Personas viviendo, produciendo y usando esos espacios de forma especialmente cuidadosa para contribuir a la conservación de sus valores naturales y culturales a largo plazo. Personas aprendiendo y enseñando a usar y disfrutar el territorio bajo modalidades más amigables con el ambiente.

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