Secretaría de la Presidencia difunde fallo contundente a favor del Banco Hipotecario del Uruguay
El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Primer Turno falló por unanimidad a favor del BHU
La sentencia confirma la anterior de primer grado dictada por el Juzgado Letrado en lo Civil de Segundo Turno y el fallo unánime del Tribunal de lo Contencioso Administrativo en demandas cruzadas entre el BHU y el Grupo Barboni, y condena “in solidum” a los integrantes de ese grupo a restituir y resarcir al BHU los daños y perjuicios.
A su vez, rechazó la indemnización multimillonaria que pretendía Barboni del Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), consistente en la suma de 3.127.078.262 de pesos.
Los Servicios Jurídicos del Banco Hipotecario del Uruguay informan que el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Primer Turno, por sentencia dictada por unanimidad, del 6 de marzo de 2019, falló confirmando in totum la sentencia de primera instancia, del 13 de junio de 2017, emitida por la entonces jueza letrada en lo Civil de Segundo Turno, Dra. Beatriz Gómez de Haedo, y se acogió la demanda promovida por el Banco Hipotecario del Uruguay contra el Grupo Barboni por cobro de pesos y el resarcimiento de los daños y perjuicios. Se desestima la contrademanda en todos sus aspectos, cuyo monto reclamado al Estado-BHU supera largamente los 1.000 millones de dólares, de acuerdo con la pretensión del Grupo Barboni contrademandante.
Los fallos ratifican la inteligencia de la sentencia definitiva emitida por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, del 15 de octubre de 2015, también unánime, que dispuso rechazar la acción de nulidad promovida por el Grupo Barboni contra la resolución del Directorio del BHU de 2012, por la que se disponía la resolución administrativa de todos los contratos de obra que entonces mantenía con el BHU el Grupo Barboni —cercanos a un tercio del conjunto de obras en marcha entonces en el BHU (años 2001-2002)—, por causa imputable al incumplimiento del grupo contratista.
La monolítica posición de los tribunales y sedes actuantes comprueba el estricto apego del Estado-BHU, por el cumplimiento de las reglas de derecho vigentes, en línea con el derecho a la certeza y seguridad jurídica.
Acceder a sentencia definitiva del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de Segundo Turno n.º 27/2017, del 13 de junio de 2017
Acceder a sentencias del Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Primer Turno n.º 167/ 2019, del 6 de marzo de 2019
Fuente: www.presidencia.gub.uy